jueves, 4 de diciembre de 2014

Estructura organizacional para la AJAM

El Gobierno aprobó ayer un decreto supremo que establece la estructura organizacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera, creada mediante Ley 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia.
Esta entidad es la encargada de la dirección, administración superior, control y fiscalización de la actividad minera en el territorio nacional.
Según el decreto, la AJAM estará compuesta por los siguientes niveles de organización: nivel ejecutivo, nivel de apoyo, nivel técnico operativo y nivel desconcentrado.
Asimismo, se añade que la estructura organizacional de la AJAM no tendrá un directorio.
La entidad reguladora contará con direcciones departamentales en La Paz, Oruro, Cochabamba, Santa Cruz y Pando, y las direcciones regionales Potosí-Chuquisaca y Tupiza-Tarija.
También se establece que los funcionarios de la ex Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera (AGJAM) podrán ser asimilados a la AJAM previa evaluación, según normativa vigente.

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