lunes, 23 de junio de 2014

Ley minera debe transformar la minería nacional

La nueva Ley de Minería y Metalurgia, promulgada en la ciudad de Oruro el pasado 28 de mayo, en una semana cumplirá su primer mes de instrumento normativo para precautelar los intereses nacionales, según lo manifestó días atrás el Ministro de Minería, César Navarro, haciendo hincapié en que "la norma cuida los intereses del sector minero, sin que estos se antepongan a los intereses nacionales".

Si la responsabilidad del Gobierno está realmente dirigida a la aplicación de una Ley que reestructure el sistema de nuestra minería, porque necesita de una reestructuración a fondo, querría decir que se buscará estrategias más abiertas a fortalecer el sector como tal, sin "sectorializarlo" y adecuándolas a las reales necesidades de incorporar la minería al proceso del desarrollo nacional como objetivo práctico, considerando su valor estratégico y económico, después de los hidrocarburos o específicamente el gas.

Analistas que han estado en un seguimiento al proceso de estudio, una no muy profunda socialización del material en discusión y luego su aprobación con algunas alternativas especiales en la Asamblea Legislativa, concuerdan que el instrumento promulgado debe servir para dinamizar la minería nacional pero dotándola de todas las condiciones favorables a su crecimiento, desde la asignación de financiamiento adecuado para los procesos de prospección y exploración de nuevos yacimientos y luego impulsando el cumplimiento de las metas inmediatas que serán su explotación y en un tiempo relativamente corto, pasar al proceso de la industrialización de esta materia prima.

Así planteada la idea parece un asunto sencillo sin embargo con Ley y todo, hay que atravesar un terreno de muchas dificultades que, sin parte de la norma, están vigentes en la Constitución o en otras leyes, el caso de la consulta previa, las condiciones de respeto al medio ambiente, lo que vendrá en materia impositiva y otras situaciones emergentes de la falta de garantías, lo que hace permisible practicar el avasallamiento, sin sanciones y sin opciones para los afectados de alcanzar el restablecimiento de propiedad y bienes.

¿Y las garantías? El actual ejecutivo de la Comibol destacó el ordenamiento de los derechos mineros de "cada uno de los operadores de la minería" pero habló también de la consulta previa, señalando entre otras cosas que "cada operador minero va a desarrollar su actividad en conformidad a lo que le corresponde sin afectar a ningún otro sector y trabajando siempre en consenso con las comunidades próximas a la actividad minera". Lo que según los actores de la minería la norma en cuanto a este aspecto se refiere es de absoluta obligación para que los mineros cumplan, pero no da opción a que los comunarios también lo hagan en función al derecho que existe de utilizar los recursos naturales en este caso mineros, en beneficio de todos los bolivianos.

El cuidado del medio ambiente está contenido en otra Ley y por supuesto que tiene regulaciones especiales para el rubro minero, un caso el de evitar la contaminación especialmente del agua, encarar planes de remediación ambiental, buscar la seguridad de comunarios y en este caso ya se han dado varios ejemplos con la inversión de empresas mineras para la construcción de "villas" con todos los servicios de saneamiento básico, campos educativos y deportivos, casas con mínimas comodidades y el tratamiento de tierras y aguas, producto de la inversión privada especialmente.

En cambio en este asunto de medio ambiente no sucede lo mismo con la minería estatal, basta observar el caso de Huanuni, donde se hacen todo los esfuerzos necesarios para eliminar la contaminación abierta existente en toda la población civil por la que cruza un río saturado de elementos tóxicos que dañan la salud de la población. Se desarrollará el proyecto de construcción de un "dique de colas" que podría solucionar o por lo menos reducir el agresivo ataque a la salud de los mineros y sus familias.

Los cooperativistas están más lejos de cumplir con la Ley de Medio Ambiente y sus labores se realizan en precarias condiciones, aunque en la actualidad se mencionan planes que serán impulsados con apoyo gubernamental para mejorar las condiciones de trabajo en las áreas y comunidades donde operan las cooperativas mineras.



Cierre de minas

Ante los reclamos de organismos de defensa del medio ambiente como la Red Nacional de Mujeres en Defensa de la Madre Tierra y otras ONG’s, la nueva Ley Minera no habría cambiado los aspectos del código anterior para la defensa del medio ambiente y especialmente el agua, por lo mismo que ahora plantean modificaciones a Ley Minera para encarar este tema medioambiental.

En función oficial, de acuerdo a la Ley ya vigente, "antes de cualquier emprendimiento (minero) se debe consultar a las comunidades que habitan la zona y la Asamblea debe avalar el contrato".

La nueva Ley señala que: "Aquellas empresas (estatales o privadas) que contaminen las zonas donde se realizan actividades mineras dejarán de operar, aclarando que cualquier actividad minera, sea pública, privada o de cooperativa, que no cumpla las normas ambientales que contamine el medio ambiente, por el informe de autoridad competente puede no ser sancionada, sino suspendida de la actividad productiva", según afirmó textualmente el Ministro César Navarro.

Bajo estas condiciones vigentes la situación no es la más apropiada para tentar inversiones, pues el punto álgido seguirá siendo el de la consulta previa y aunque en algún momento se habló de que la decisión de comunarios no tendrá "carácter vinculante", su exigencia podría demorar el desarrollo de importantes proyectos mineros.

El otro aspecto y también importante es que se espera un mayor apoyo de orden financiero exclusivamente para los sectores productivos mineros, por un lado con financiamientos especiales y en otros casos con medidas de incentivo por ejemplo en el caso tributario, como sucede en países vecinos, donde la gran minería opera con millonarias inversiones. En el caso nuestro, la minería debe ser ampliamente competitiva y no restrictiva a emprendimientos futuros.

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