jueves, 12 de diciembre de 2013

Joyeros deberán estar registrados en el Senarecom



Las joyerías de plata y oro deberán registrarse en el Servicio Nacional de Registro y Control de Comercialización de Minerales (Senarecom) y tramitar su Número de Identificación Minera (NIM) para vender joyas en el interior y exterior del país.

La información corresponde al ministro de Minería y Metalurgia, Mario Virreira, quien explicó que este registro permitirá el control de la comercialización de estos productos manufacturados de oro y plata debido a que existe una evasión en el pago de regalías. Para el cumplimiento de esta disposición se emitió la Resolución Ministerial 225/2013 del 22 de noviembre.

“A partir de la aplicación de esta resolución ministerial, los joyeros tienen que registrarse en el Senarecom, obtener su NIM y obviamente ellos, al tiempo de comprar el oro tienen que manejar el formulario M02, que identifica al vendedor y además observa ahí una correcta aplicación que tienen los productores de oro con el Estado”, indicó. En el formulario M02 se establecen las alícuotas correspondientes para el pago de las regalías en sus diferentes categorías.

Al momento de comprar el oro, el joyero deberá exigir al comercializador o empresa de donde compre este mineral el formulario M02 para luego presentarlo al Senarecom, cuando esta entidad efectúe los controles correspondientes de venta.

Controles. El formulario M-02 permitirá identificar al vendedor de oro y verificar que se haya realizado una correcta venta del mineral, sostuvo el titular del Ministerio de Minería. El control de la comercialización del oro y las joyas será hecho en coordinación con las gobernaciones porque éstas tienen la obligación de llevar a cabo la fiscalización en el pago de las regalías por la venta de minerales.

Para la exportación de joyas de oro se deberá presentar el formulario M03, acotó Virreira.

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