viernes, 19 de julio de 2013

Comibol sólo hará tareas productivas con la nueva ley

La Corporación Minera de Bolivia (Comibol) en adelante se encargará únicamente de realizar actividades productivas mineras y la responsable de firmar contratos será la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), según dispone el proyecto de la nueva Ley Minera.

El exviceministro de minería Pedro Mariobo afirmó que este cambio hará que se desburocratice la suscripción de convenios mineros y le dará mayor capacidad operativa a Comibol.

La estatal minera fue creada para operar en la cadena productiva minera, lo que se suprimió con la Ley 1777 o Código Minero de 1997 y se restituyó con la Ley 3720 de 2007, que le otorgó el rol de administrar el área fiscal minera, mediante la firma de contratos mineros.

“La AJAM tendrá competencias y atribuciones a adecuaciones, registros, contratos administrativos mineros, autorizaciones, licencias, consulta previa, resolución de contratos, renuncias, nulidades, suspensiones, revocatorias, reconocimiento de derechos, derecho preferente, expropiaciones, (....)”, señala el artículo 39 del proyecto normativo minero.

Mariobo calificó la disposición de acertada, porque la estatal minera comenzará a producir y será descentralizada.

“La Comibol no tiene capacidad de gestión y eso se observó con todo lo que se le asignó, de modo que si se le quita la firma de contratos, que no tiene nada que ver con la parte operativa, es un acierto”, aseguró.

Fuentes de Comibol señalaron que en la actualidad la entidad se dedica en un 75% a tareas administrativas.

“La Comibol ejercerá, en nombre del Estado, el derecho de realizar las actividades de prospección, exploración, explotación, concentración, fundición, refinación, comercialización e industrialización de minerales existentes en las áreas mineras bajo su administración”, dice el artículo 40 del proyecto de ley.

La AJAM se organizará a base de la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera y a las Autoridades Regionales establecidas de acuerdo con el artículo 54 del Decreto Supremo 071, precisa otro de los artículos de la futura norma.

El ministro del área, Mario Virreira, aclaró que el proyecto aún sufrirá ajustes.

Firma de contratos
Suscripción Desde el 1 de mayo de este año, la Comibol dejó de suscribir contratos con los operadores mineros.


Mandato La industria minera estatal está constituida por la Comibol y por las empresas estatales del sector minero, para que incursionen en la cadena extractiva de producción.


Trabajo La redacción del documento tardó más de tres años.

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