jueves, 22 de marzo de 2012

Disponen aplicación de Formulario Minero 101 desde el 2 de abril

Las cooperativas y municipios productores de minerales determinaron ayer que el 2 de abril de esta gestión se aplique el Formulario Minero 101, decisión asumida en una reunión sostenida en ambientes del Servicio Departamental Agropecuario (Sedag).

Esta disposición permitirá un mayor control en lo referente a las regalías mineras que se traducen en recursos económicos para Cochabamba, según el secretario de Minería de la Gobernación, José Fernández.

Asimismo, informó que la Cámara de Minería, Fedecomin, alcaldías municipales y los operadores mineros serán los responsables de aplicar el Formulario 101 como único requisito para la comercialización de los minerales metálicos y no metálicos del departamento hacia el interior del país.

La autoridad explicó que la Ley 1767 establece los porcentajes que deben cancelar los operadores mineros para la comercialización de minerales no metálicos y metálicos, los cuales oscilan entre 2.1 a 3.5 por ciento.

“Por concepto de la comercialización de las piedras calizas, contempladas como minerales no metálicos, los operadores mineros deberán pagar 2.1 por ciento en el mercado interno, mientras que en los minerales metálicos se cancela en el mercado externo 3.5 por ciento”, explicó.

La Gobernación realizará los controles para verificar el cumplimiento.

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