viernes, 9 de septiembre de 2011

Cuidado con el régimen tributario minero

La nueva ley minera debe garantizar las inversiones e incentivar la creación y trabajo de más empresas
Al cierre del octavo mes del año y con un avance de cerca al 60 por ciento en la estructuración de la nueva Ley de Minería, según informan las autoridades del ministerio del ramo, el punto más complejo que se relaciona con el estudio y aplicación del sistema tributario para el sector ha sido postergado para el final del debate, dada la complejidad del asunto y la responsabilidad que debe merecer su consideración.

Lo que se menciona en los niveles del tratamiento del anteproyecto de ley es que los delegados de absolutamente todos los sectores productivos mineros deben participar del debate sobre modificaciones al régimen de impuestos para el sector considerando que la ley que se apruebe debe regir de manera general para todos los que explotan los recursos mineralógicos del país, sean privados, del sector estatal y también del cooperativizado.

Una regla que está en juego en el sistema general del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) es justamente universalizar la responsabilidad tributaria, pero aplicando regulaciones adecuadas al manejo y volumen de capitales y la recuperación de inversiones y obtención de utilidades. El sistema no tiene muchas variables, por tanto en el régimen minero debería establecerse una norma que generalice el pago de impuestos y regalías, pero definiendo de manera muy técnica y realista el sistema de inversiones, crecimiento de las operaciones y las responsabilidades sociales consiguientes, comenzando por garantizar seguridad para invertir y pagar equitativamente las obligaciones que sean establecidas en los rubros de impuestos y regalías.

De momento se menciona la posibilidad de que la nueva ley incrementaría las alícuotas de las regalías que pagan los productores y paralelamente se definirá la aplicación de porcentajes en la distribución de las regalías en lo que atañe de manera especial a las gobernaciones que perciben el 85% de beneficio y que bajaría a 75%, un 15% serviría para el gobierno municipal donde se ubica el yacimiento minero, pero además se dispondría de un 10% para las comunas colindantes y un 5% para el Ministerio de Minería. La suma porcentual del reparto planteado suma 105%, por tanto en el debate sobre el tema se ajustará a una correcta relación del 100%.

En el avance –preliminar– del asunto impositivo la regalía minera sería gravada a la explotación de minerales y metales con base de cálculo en el "valor bruto de la venta" en función a la cotización oficial vigente en el día de la operación y con relación a la "pizarra internacional".

INEQUIDAD

En el texto en borrador del anteproyecto de la Ley Minera se incluye un acápite que se relaciona con un pago de impuesto "a las transferencias al exterior equivalente al 25 por ciento del valor total" de la operación y una alícuota adicional al Impuesto sobre Utilidades de las Empresas (IUE), pero "liberando" a las empresas estatales y las cooperativas mineras de tal obligación. El tema está en debate y existen opiniones muy concretas en el sentido de evitar los factores que crean desigualdad, desequilibrio e inequidad en las obligaciones tributarias que deben ser generalizadas y no selectivas, porque no hay ningún justificativo que amerite una situación de favoritismo cuando se trata de un tratamiento por la explotación de nuestros recursos naturales.

A propósito de tan delicado problema en la última semana del pasado mes por lo menos en Oruro, mediante una nota presentada a la Fedecomin, la autoridad relacionada con la actividad cooperativa minera en el distrito alertó a ese sector sobre la posibilidad de aplicarse el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al sector de los "asociados solidarios", aspecto que generó reacción inmediata en el sentido de rechazar cualquier impuesto a los cooperativistas. En todo caso el asunto abrirá un resquicio para el tratamiento de impuestos, dadas las características vigentes actualmente en materia de explotación minera que no puede permitir ningún tipo de "evasión impositiva" porque generaría un proceso de jurisprudencia para que otros sectores productivos busquen la forma de evadir impuestos.

El tema de los impuestos es realmente delicado y obliga a una participación abierta de los representantes de todos los sectores para consensuar el régimen impositivo minero que sea real y efectivamente una contribución justa de todos los sectores, para las gobernaciones y los municipios, pero de manera proporcional y en ningún caso con excepciones que resultarían atrabiliarias frente a la responsabilidad y obligatoriedad de todos los sectores productivos a favor del TGN y por leyes recientes en beneficio de "comunidades".

La otra parte importante del sistema tributario es que el mismo sea adecuado a los parámetros que rigen en los países vecinos para poder ejercer la condición de competitividad que se necesita para captar inversiones, asegurar en ese sentido el crecimiento del sector minero que hoy por hoy, muy cerca de los tributos que generan los hidrocarburos, se constituye en la alternativa más beneficiosa para los planes de crecimiento del país y su desarrollo, pues hay que tomar en cuenta que frente al sector petrolero, la minería quintuplica la creación y el sostenimiento de fuentes de empleo y su multiplicación social, por tanto es el sector que debe merecer trato correcto, equitativo y de incentivo a su crecimiento, lo que no sucederá si se le aplica, especialmente al sector privado, impuestos discriminatorios que pueden ocasionar el desbande de capitales y acrecentar la incertidumbre sobre la posibilidad de invertir en el país.

No hay comentarios:

Publicar un comentario