jueves, 10 de marzo de 2011

Aparecen los primeros atisbos de regulaciones en nueva Ley Minera

Mucho de lo que se especulaba de los comentarios (en pasillo) que se hacían sobre la estructuración de la nueva Ley Minera comienza aflorar tímidamente, pero mostrando la intención de aplicar cambios particulares en el sistema de orden tributario y las regalías mineras que se incrementarán con un porcentaje adicional que será grabado al industrial o empresario.

Inicialmente el Ministerio de Minería y Metalurgia estaría consultando con el órgano ejecutivo la forma de aplicar un aporte adicional a la regalía minera, de manera que las empresas que exporten anualmente por encima de los 210 millones de bolivianos estén obligadas a un aporte adicional en la regalía minera, incremento que aún no se definió pero tendría variantes en función a tipo de minerales y las cotizaciones internacionales.

La medida tendrá justificación en la previsión gubernamental de establecer una nueva distribución de las regalías a favor de las regiones productoras, por lo menos eso se señala en un primer borrador del proyecto de Ley Minera que continúa en elaboración en el portafolio de área.

El sentido de la regalía minera creada en sustitución del Impuesto Complementario de la Minería (ICM) se paga aplicando a cada operación de venta y/o exportación de minerales una alícuota que varía en función del producto. Hasta el presente ese beneficio se distribuye en 85 % a favor de la gobernación de la región productora y el 15 % restante para el municipio del lugar.

Por lo que se conoce del “anteproyecto de ley” las recaudaciones por concepto de regalías, pero sin incluir aún la alícuota adicional, se distribuirían en la proporción de un 75 % para la Gobernación Departamental donde se ejecute la operación minera, el mismo 15 % (anterior) para el gobierno municipal autónomo, originario campesino y el 10 % restante para los municipios que se encuentres colindantes al territorio en que se produce la explotación minera. Se añade que los municipios destinarán hasta un 50% de recursos provenientes de regalías con destino a proyectos de inversión en comunidades circundantes a las operaciones mineras. Esos son detalles que se utilizan como argumentos para incrementar las regalías mineras con alícuotas que serán definidas.

Sin embargo hay un detalle que seguramente será objeto de observación en los niveles de concertación y antes de que sea consensuada la ley y que menciona (todavía en borrador) que el sector de los mineros cooperativistas pagarían menores regalías en una escala variable de acuerdo al mineral que sea explotado, lo que significa una abierta contradicción y una clara discriminación desde el Ministerio con los otros subsectores de la minería obligados a cancelar aportes más elevados que los asignados al sector de los cooperativistas.

Hasta ahora no se conoce criterios de representantes, por ejemplo de la minería chica y la mediana, se supone porque todavía no se han emitido de manera oficial los documentos de discusión sobre temas tan importantes que deben ser necesariamente consensuados para su aprobación final, que ojalá no abra brechas que separen a los productores mineros, poniendo en peligro las inversiones de riesgo que se manejan actualmente y que más bien deberían ser garantizadas e incrementadas con sentido de mejorar las operaciones de la minería y no restringirlas o limitarlas tan sólo a los favorecidos de un sector.



MODALIDAD

Una explicación preliminar sobre la aplicación del incremento en el pago de las regalías establece que la cancelación de hará “cuando la cotización oficial del mineral o metal, de acuerdo al registro del propio ministerio, sobrepase - al momento de la venta o exportación - a la establecida en cada caso…la alícuota adicional contempla a minerales como el zinc, estaño, oro, plata, plomo, antimonio, wolfran, cobre, hierro y bismuto, en realidad la gama de los minerales que se explotan en mayor o menor proporción en las minas del país, estatales y privadas.

Una referencia interesante y que de por sí favorece la intencionalidad del Estado de percibir mayores utilidades con la explotación minera, establece que al cierre de actividades en el mes de enero, próximo pasado, en su segunda quincena, los precios internacionales – con registro ministerial - de todos los minerales sobrepasaron los límites establecidos que “impulsan el pago de la alícuota adicional de regalías”.

Esto nos demuestra y posiblemente es el motivo de la tardanza en aprobar la nueva Ley Minera que el Estado necesita asegurar mayores ingresos para el TGN y la mejor manera de hacerlo es función de una minería que se consolida como el factor más importante en la generación de divisas y que por lo menos de momento tiene buenas perspectivas por los precios internacionales.

No hay que olvidar que en el cierre de enero y el primer día de febrero de 2011 la Libra Fina de estaño alcanzó nuevo récord de precio lo que alienta la explotación especialmente en Huanuni la mina estatal más rica en ese mineral y que con ciertas inversiones incrementará en el año en curso su producción.

De rebote los precios altos de ciertos minerales favorecerán al crecimiento de varias empresas especialmente medianas pues es un hecho que los productores incrementarán sus costos de operación para compensar el pago adicional impositivo, dentro de esa regla común que dice, “del mismo cuero salen las correas”, pero tal hecho no tiene el mismo efecto con las minas pequeñas e inclusive algunas medianas con limitaciones técnicas o de orden financiero, lo que pone al descubierto “debilidades” en una ley que debería armonizar de manera general la producción minera y no ser instrumento restrictivo para alguno subsectores.

Lo que se espera en realidad es una normativa del trabajo minero, bajo ciertas condiciones especiales que definirá la Ley, pero que las mismas no pueden ni deben ser limitativas para el sector privado y favorecer indirectamente al sector estatal y cooperativizado. Las leyes tienen que ser en cualquier circunstancia instrumentos reguladores de actividades comunes y por tanto de beneficio comunitario, de modo que sus efectos puedan traducirse en mejores condiciones de vida para los protagonistas productivos, pero también – vía impuestos y regalías justas y equitativas – para el global de la ciudadanía.

Existe la esperanza de que en los próximos días y de acuerdo a la promesa presidencial la Ley de Minería será plenamente consensuada con los diferentes sectores involucrados en la materia, antes de su aprobación en el pleno de la Asamblea Plurinacional.

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