viernes, 18 de febrero de 2011

Seguridad industrial en operaciones mineras

ANTECEDENTES

Bolivia es un país rico en recursos naturales, aporta a la economía del país con la producción de sus minerales. La minería tiene condiciones favorables cuando se trata de solucionar el problema del desempleo, frente a otros rubros por esta razón es importante que desde el nivel Ejecutivo se adopten medidas concretas para impulsar la producción minera, disponiendo de todos los recursos humanos, financieros y tecnológicos, para desarrollar las fases de exploración, explotación, industrialización y exportación de los minerales.

LEY DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

El Decreto Ley No. 16998 de 2 de Agosto de 1979; aprobó la Ley General de Higiene y Seguridad industrial en 2 Libros, 6 Títulos, 32 Capítulos y 415 Artículos.

OBJETIVO

- Garantizar las condiciones adecuadas a la salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo.

- Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgos.

- Proteger a las personas y medio ambiente contra riesgos que directamente afecten a la salud, la seguridad y equilibrio ecológico.

SEGURIDAD MINERA

Contempla el conjunto de procedimientos y normas de naturaleza técnica legal y administrativa, orientando a la protección del trabajador de riesgos contra su integridad física y sus consecuencias, así como mantener la continuidad del proceso productivo y la intangibilidad patrimonial de la empresa; tomando en cuenta los siguientes elementos:

INSPECCIÓN.- Es una función de naturaleza técnica, legal cuya finalidad es constatar el cumplimiento de las disposiciones y normas vigentes.

SUPERVISIÓN.- Es una función de naturaleza técnica, administrativa, cuya finalidad está orientada a la correcta aplicación de las disposiciones, normas y procedimientos.

RIESGO INDUSTRIAL.- Es un estado potencial de origen natural capaz de producir un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

CONDICIÓN INSEGURA.- Es toda condición física o ausencia de norma susceptible de causar accidente en las operaciones mineras.

ACCIDENTE DE TRABAJO.- Es un suceso imprevisto que altera una actividad minera ocasionando lesiones al trabajador

LESIÓN.- Es la disfunción o detrimento corporal causado por un accidente o enfermedad ocupacional, las lesiones pueden ser leves, graves y fatales.

INVESTIGACIÓN DE UN ACCIDENTE.- Es la secuencia metódica que se observa en el estudio de un accidente desde un periodo anterior a su acaecimiento hasta el momento en que hayan determinado exactamente las causas y circunstancias que atribuyeron a la realización de dicho accidente.

JUSTIFICACIÓN

La clave del éxito de un Programa de Control de Riesgos está en alcanzar los objetivos comunes, mediante la correcta interacción de todos los segmentos que constituyen el plantel humano de una “Empresa”.

La Gerencia, deberá fijar los objetivos que sirvan de guía para llevar a cabo directrices para marcar las metas, que la empresa desea alcanzar y serán los fundamentos que lleven a la concreción total de la eliminación de riesgos. Las metas del “Programa de Seguridad” son: Generar y mantener el apoyo de la Gerencia, motivar, educar y capacitar al personal de trabajadores para que reconozca, evalúe y relacione convenientemente hacia los elementos del lugar de trabajo que presentan riesgos potenciales.

POLÍTICA MINERA

Se estima que sólo el 10% de las empresas aplican un Programa de Seguridad Industrial en sus operaciones productivas; el 90% trabajan sin seguridad industrial, demostrando la falta de una política de prevención de riesgos en sus actividades laborales.

La participación del Estado mediante sus Ministerios de Minería y de Trabajo no sólo es deseable sino que es imperiosa para salvaguardar a los trabajadores del subsuelo que se encuentran desprotegidos por la falta de conocimiento de las normas contenidas en las leyes laborales.

La declaración de la Política Minera será virtualmente una “plataforma de lanzamiento“ desde donde partirá todo el programa, con el apoyo constante de los trabajadores y la administración de la empresa. La Ingeniería de Minas, realiza el análisis de los procesos y operaciones mineras con el objeto de localizar los riesgos potenciales incorporando criterios de prevención de riesgos mediante los supervisores e inspectores de seguridad.

CONCLUSIONES

1.- La Minería es una Industria pesada dotada de gran inercia, se manifiesta por la importancia de las inversiones, los riesgos de accidentes, como en toda industria el mantenimiento preventivo y correctivo, los costos son elevados. La disposición de una mina varía en gran medida con las características del yacimiento como: profundidad, gradiente, densidad, potencia, etc.

El Ejecutivo, está en la posibilidad de pedir y exigir el cumplimiento de la Ley General del Trabajo, a minas chicas, medianas, grandes y cooperativas en el control de riesgos de accidentes en la que se pierden vidas como el caso de la Mina “Asunción”.

2.- Los profesionales de la minería, creemos, que la industria minera debe tomar conciencia sobre las condiciones en que se desenvuelven las actividades productivas en estricta aplicación de la Ingeniería de Minas “prevenir antes que lamentar”.

3.- Finalmente, ha quedado demostrado que el “Supervisor y el Inspector de Seguridad“ son los hombres “clave” para cualquier programa de control de riesgos, sin embargo, todos sus esfuerzos podrían anularse si no cuenta con el apoyo efectivo de la gerencia y de los trabajadores de la empresa.

(*) Ingeniero de Minas - SIB - RNI 11379

Miembro del Colegio de Ingenieros de Minas

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