domingo, 30 de enero de 2011

ENFOQUE Los derechos adquiridos

El tema de la “migración de concesiones mineras a contratos” que establece la CPE y que actualmente se encuentra en proceso a través de un D.S. que fue emitido el pasado 6 del mes en curso, pasa por un periodo de transición y aún se mantendrá como “autorización transitoria temporal” hasta que se emita y promulgue la nueva Ley de Minería.

El problema radica en la incertidumbre de los mineros “chicos” que no hallan un punto de equilibrio entre las medidas que se aplican con mayor desventaja para este sector productivo, por la falta de seguridades para garantizar el paso de concesiones a contratos.

En una apreciación muy simple para el ejecutivo de la Cámara Nacional de Minería el proceso de transferencia de sistema tiene desventajas debido a que “un contrato es un pacto o un convenio que se hace pero que no garantiza la operación… en cambio la concesión sí, otorga seguridad y eso se traduce en garantía para invertir”

Se argumenta también que en el D.S. sobre el cambio de concesiones a contratos se asegura que se mantendrán los derechos adquiridos… sin embargo los empresarios del sector minero privado no están informados en qué medida serán respetados los contratos originales, por tanto sugieren que antes de su consideración aspectos como el referido sean analizados entre los interesados para alcanzar un acuerdo de partes que evite problemas futuros.

La observación más seria de los mineros chicos corresponde a una supuesta y arbitraria exclusión del sector en la nueva ley de minería, lo que ocasiona mucha preocupación y al mismo tiempo molestia por restar importancia a un sector productivo que en condiciones desiguales de apoyo e incentivos sigue produciendo, manteniendo fuentes de empleo, exportando concentrados y aportando al erario nacional y a las regiones.

Hay más de cinco mil mineros chicos en plena actividad y consideran que su contribución a la economía nacional es tan importante como la de otros subsectores de la minería, además de que muy pronto podrían incrementar su actividad si recibiera – como los cooperativistas – incentivos financieros que les permita ampliar sus tareas de exploración y explotación de yacimientos que deben ser puestos en actividad para beneficio colectivo.

La Ley Minera no debe ser excluyente, al contrario tiene que ser abierta a todo desempeño productivo, bajo iguales reglas de juego y seguridades legales que permitan más inversiones en áreas comprobadas para impulsar la producción minera global.

En materia de justicia se espera un tratamiento igualitario del sector minero privado “chico” en mérito a la importancia que reviste consensuar una ley para todos los productores mineros en beneficio del país.

No hay comentarios:

Publicar un comentario