jueves, 26 de febrero de 2009

Nuevas condiciones jurídicas para la minería

La Nueva Constitución Política del Estado (NCPE) que está vigente, otorga por mecanismo especial un año de plazo para que las empresas y todos los productores mineros legalicen su situación respecto a las concesiones que explotan, algunas desde hace varias décadas, apunta una de las partes que interesan particularmente a los mineros chicos y medianos que trabajan en base a contratos especiales que aún están vigentes.
Desde el Ministerio del ramo se hace énfasis en el hecho de explicar que el sistema anterior ha quedado nulo al imponerse disposiciones contenidas en las nuevas reglas de juego que aclaran “En el plazo de un año desde la elección del Órgano Ejecutivo y el Legislativo, las concesiones sobre recursos naturales, electricidad, telecomunicaciones y servicios básicos deberán adecuarse al nuevo ordenamiento jurídico”. La disposición añade que “la migración de las concesiones a un nuevo régimen jurídico en ningún caso supondrá desconocimiento de derechos adquiridos”. Algo más para aclarar la figura nos muestra una frase complementaria al referirse que en el mismo plazo de un año, “se dejarán sin efecto las concesiones mineras de minerales metálicos y no metálicos, evaporíticos, salares, azufreras y otros concedidas en las reservas fiscales del territorio boliviano”.

HAY MAS DUDAS
Los empresarios de la minería tienen dudas sobre lo que pueda ocurrir con las concesiones mineras una vez que entren en vigencia los derechos de los pueblos originarios sobre tierra y territorio, pese a que en un artículo de la NCPE, se expresa que “no serán desconocidos los derechos adquiridos sobre las concesiones mineras”.
No hay que olvidar que el pasado año varios “pueblos originarios” tomaron por la fuerza más de 250 propiedades mineras que se encontraban en plena explotación a cargo de empresas privadas o de cooperativistas, las mismas que no han sido repuestas a sus legítimos propietarios. Bajo tales condiciones, el panorama no es nada alentador para los empresarios mineros. La otra duda se relaciona con el mismo efecto de las acciones de los pueblos originarios quiénes posiblemente dispongan sus propias medidas tributarias y los cánones de arrendamiento de lo que considerarán sus propiedades.
Corresponde a las autoridades del Ejecutivo, posiblemente a través de la representación ministerial correspondiente despejar las dudas planteadas, para evitar la paralización en planes de exploración y de explotación minera.

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